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Bulas
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BULA DE CANONIZACIóN DE SAN ISIDRO
ANNO 1724
SIERVO
DE LOS SIERVOS DE DIOS
AD
PERPETUAM REI MEMORIAM.
Es propio, y
puesto en razón, y conviene a la equidad, que lo que el Romano Pontifice en
pleno Consistorio de los venerables Hermanos los Cardenales de la Santa Romana
Iglesia, Patriarcas, Arzobispos, y Obispos, determinó, y definió mediante su
unánime Acuerdo, aunque después porfallecimiento del dicho Pontífice, no
hayan sido despachadas sobre ello Letras Apostólicas, surta y obtenga
finalmente su efecto.
I. El Sumo Artífice
de todas las cosas para mostrar el poder de su virtud, y promover la causa de
nuestra salud, muchas veces también honra en el Mundo a sus Fieles, que corona
en el Cielo, haciendo en memoria de ellos milagros y prodigios, por los cuales
se confunda la pravedad herética, y se confirme la verdad de la Fe Católica, y
siendo así, que como antes de ahora oyesen los Romanos Pontífices, nuestro
predecesores de pía recordación, que por muchos, y reiterados indicios se hacía
patente y claramente manifiesto a esta Santa Sede Apostólica, que el Beato
Isidro Labrador había sido en su vida esclarecido en grandes méritos y
virtudes, y que después estando en el Cielo, había hecho muchos milagros, de
que en consecuencia de las venerables Constituciones y reglas de la Santa Romana
Iglesia, infirieron cierto argumento de su santidad, y que habían precedido
verdaderos méritos y milagros patentes, para que la Iglesia Romana procediese a
su veneración, respeto de que Dios por tantos méritos precedentes, y milagros
subsecuentes, había mostrado se le venerase: Por tanto, Gregorio Papa Décimo
Quinto, nuestro antecesor (de feliz memoria), promovido al régimen de la
universal Iglesia, después que por repetidas Relaciones, ante él hechas, supo
las eximias virtudes, y muchísimos prodigios del dicho Beato Isidro, (a quien
por la larga, general y continua fama de Santidad y Culto, hecho constantemente
por muchos siglos, el Varón de Dios Paulo Papa Quinto, antecesor de Gregorio, y
nuestro, pidiéndosele con toda instancia por sus embajadores el Rey Católico
Felipe Tercero, había mandado se pusiese solemnemente en el número de los
Varones Beatos) después de madura deliberación, sobre esto habida, y de
diferentes discusiones, determinó próvidamente, según costumbre de los
predecesores, ponerle en el Canon de los Santos.
IL En Mantua
Carpetana, Corte de los Reyes de España, que se llama vulgarmente Madrid, en la
Diócesis de Toledo, nacido de humildes, pero de píos y Católicos Padres,
floreció Isidro en el siglo duocécimo, cuyo nombre, como de hombre muy insigne
y de admirable inocencia de vida, y gloria de milagros, fue celebrado hasta el
siglo decimoséptimo generalmente por todos los españoles, atribuyéndole públicamente
todos los honores que se atribuyen en la Iglesia Católica solamente a los
Varones Beatos y Santos. Desde su infancia ejerció Isidro las virtudes
cristianas, de tal modo, que habiendo llegado a más edad, prefirió (para que
se alimentase) la agricultura a los demás artes, por parecerle el más humilde,
el más trabajoso, y el más apto y seguro para salvar su alma; ésta la ejerció
todo el tiempo de su vida, de tal manera, que ningún día dejase por razón de
ella, ni el menor ejercicio de piedad y religión, que había DocUMENTOS PONTiFICIOS
una vez comenzado. Nunca fue a labrar el campo, sin que primero
hubiese oído el Sacro Santo Sacrificio de la Misa, y rogado con todo el
mayorfervor a Dios, y a la Bienaventurada Virgen María, e implorando el Auxilio
Divino, el que muchas veces experimentó, particularmente cuando fue acusado
para con su amo, cuya tierra labraba, que por ocuparse más en obras de piedad,
parecía descuidar de la labor El amo, pues, lleno de cólera pasó para
castigar a Isidro al campo, que creía no estar labrado, y le vio arar con tres
yugadas de bueyes, una, y otra regían dos mancebos, ambos parecidos, vestidos
de blanco, y la tercera, Isidro; estos dos desaparecieron, así que vino el amo;
de que sucedió, que el amo llegase a entender ser verdad lo que muchas veces le
había asegurado Isidro, que las horas que se empleaba y aplicaba al Oficio
Divino, no eran infructuosas.
Otra vez, estando
Isidro orando en la Santa Casa, se le avisó que un lobo devorarla su jumento,
si luego no llegaba; y no pudiendo desistir por esto de la oración, y saliendo
después de hecha, halló el jumento sano, y muerto cerca de él el lobo,
obrando Dios por las oraciones de Isidro.
III. La caridad
de Isidro fue tan grande para con el prójimo que se privó a sí mismo de lo
necesario, para que los pobres y necesitados se aprovechasen de ello; pues
habiendo algunas veces dándoles todo, llegó otro a pedírle limosna, y
quedando Isidro sumamente triste, por no tener qué dar al pobre, su propia
consorte para obedecerle una, y más veces, registró la olía vacía, la cual
finalmente halló llena de comida con que se saciase abundantemente el pobre
hambriento: la dicha consorte del Beato Isidro, llamada María de la Cabeza, es
tenida por los españoles por la santidad de sus virtudes y castumbres, por
venerable, y enteramente semejante a su marido, por cuya razón mereció ser
aprobado su antiquísimo culto por Inocencio Duodécimo, nuestro predecesor (de
pía memoria) en el año de Cristo Nuestro Señor de mil seiscientos noventa y
siete, después de haber sido examinado por los venerables hermanos los
Cardenales de la Santa Romana Iglesia haciendo Relación de ello Juan Francisco,
Cardenal diácono de San Adrián, llamado Albano, y luego Clemente Undécimo,
nuestro antecesor, (de feliz recordación) sucesor del dicho Inocencio en la Cátedra
de San Pedro.
La gran caridad
de Isidro, no solamente para con los hombres, pero también para con los
animales y aves, manifestó Dios serle muy grata, y acepta; pues en tiempo de
rigurosísimo invierno, cuando todo está lleno de nieve, y hielo, llevando
Isidro trigo para moler, viendo a las palomas muertas de hambre sentadas
tristemente en los árboles por no tener de qué alimentarse por estar todo
cubierto de nieve, limpió la tierra de ella, echando tanto trigo, cuanto le
pareció bastante para alimentar las palomas: Lo hecho, disgustó al compañero
de Isidro, quien sobre esto por él fue reprendido; pero en ningún modo disgustó
a Dios, quien aumentó de tal suerte el trigo que había sobrado, que pareció
después no haberse sacado nada del costal.
Siempre se
manifestó constante, e insensible a cualquier injuria, y siendo acusado (aunque
falsamente) de no trabajar como debla, no se dio por sentido; antes bien
respondió pacificamente, que daría satisfacción a su amo, al arbitrio de los
acusadores.
IV Tanta fue la
confianza en Dios de este buen varón, que todas las cosas porgrandes y
dificultosas que fuesen, se las prometía de cierto. Muchos ejemplos hay de esta
muy excelente virtud, de los cuales no debemos dejar de referir uno: Elevado en
la Santa Casa de la dulzura de la oración, bajó tarde a los companeros, que
según costumbre habían dispuesto la comida, y no bajó él solo, sino es
acompañado de muchos pobres que le seguían, como a padre, no había sobrado
nada de la comida, sino es la porción que se había apartado para él, y viendo
tristes a los compañeros, por la multitud de los hambrientos, les dijo,
tuviesen buen ánimo, y partió su porción a cada uno de ellos de por sí y
luego la ración de Isidro se halló tan copiosa, que no solamente pudo
alimentar abundantemente a los presentes, pero también a los ausentes: Y con
otros muchos y grandes milagros hizo Dios patentes los méritos y santidad de
Isidro en el tiempo de su vida.
Al amo, que tenía
sed en el campo, que Isidro labraba, hiriendo la tierra, le abrió una fuente
manantial en lugar seco, y por todas partes árido, que hasta ahora siempre
mana, sin que en ningún tiempo la hayan secado los ardores del sol. Se conoce,
que en ella hay Virtud Divina, y Dios, por la intercesión de Isidro, hace
continuos prodigios con los enfermos que llegan a ella.
Y Con estos y
otros muchísimos prodqios, célebre e ilustre por toda España, el Siervo de
Dios, falleció píamente cerca del año de Cristo Nuestro Señor de mil ciento
treinta, después de haber hecho una verdadera y humilde confesión, y haber
exhortado con fervorosa eficacia a los suyos a la piedad y caridad, y recibido
con suma veneración el Sacro Santo Sacramento de la Eucaristía. El Cuerpo del
Siervo de Dios, estuvo cuarenta años enteros depositado a la inclemencia en el
cementerio, expuesto a las corrientes de las aguas, que por albañales y arroyos
entraban en su sepultura. Y pasado el término de cuarenta años, por avisos de
Dios se desenterró su cuerpo del cementerio, para transferirle a la Casa
dedicada a Dios, en honra del Apóstol San Andrés, el cual fue hallado entero e
incorrupto, cubierto asimismo de su ropa, entera e intacta y arrojando de sí
olor suave, y fragante. Yen el año de Cristo de mil seiscientos trece, habiendo
sido sacado otra vez del nuevo y honorífico sepulcro, donde antes había sido
puesto, se manifestó a todos con la misma integridad y suave fragancia.
VI. Dios ilustró
los Santos Despojos de Isidro con innumerables milagros, pues ciegos, sordos,
cojos y otros muchos adolecientes de varias enfermedades, valiéndose del polvo
de su Sepultura, se han recobrado. Las campanas de las Santas Casas o templos de
Mantua Carpetana, y órganos, se tocaron, sin que nadie llegase a ellas,
mientras duró la devota y pública procesión de la traslación. Sería largo
referir todos los prodigios hechos por la invocación del Siervo de Dios en la
restitución de la salud de los enfermos. Todos los cuales en los actos fueron
suficiente y legítimamente probados en la Sede Apostólica y siempre serán
tenidos por claros y evidentísimos testimonios de Dios todopoderoso, quien para
que se tenga plena fe de la santidad de Isidro, accedió, como testigo
especialmente invocado y rogado.
VIL Todo esto fue
averquado y argüido por el espacio de tres años por los Cardenales de la Santa
y Romana Iglesia ante nuestros antecesores los Romanos Pontífices Paulo Quinto
y Gregorio Decimoquinto, con solemne examen, después de su Beatificación, y
todos fueron de acuerdo y parecer, que según el legitimo rito de la dicha Santa
Romana Iglesia, debía ser puesto Isidro Labrador en el Catálogo de los Santos,
ya que después Felipe Tercero, Rey Católico, también lo pedían a la Sede
Apostólica Felipe Cuarto, su hijo y sucesor, y aun toda España.
Por lo cual Gregorio, según la antigua disciplina de la Iglesia Romana,
habiendo sido de nuevo presentada, y alegada toda la Causa en tres Consistorios
ante él tenidos, e implorado para esto, con ayunos,limosnas y oraciones, el
auxilio divino, decretó, que públicamente se pusiese a Isidro en el número de
los Santos. Y después que el dicho Pontífice hizo solemnemente todas las cosas
que se requerían por las Sagradas Constituciones - y costumbre de la Santa
Romana Iglesia, pasó el día doce de marzo del año de Cristo Nuestro Señor de
mil seiscientos veintidós, de su Pontificado año segundo, con el mayor aparto
y séquito a la Sacra Santa Basílica del Príncipe de los Apóstoles, y
repartiendo en plenario Consistorio de los venerables hermanos los Cardenales de
la Santa Romana iglesia, Patriarcas, Arzobispos y Obispos,Jervorosísimas
oraciones a Dios, e implorando humildemente la gracia del Espíritu Santo, para
la canonización de Isidro, en honra de la Santa Individua Trinidad, y exaltación
de la Fe Católica, por autoridad de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu
Santo, y de los bienaventurados Apóstoles San Pedro y San Pablo, con unánime
acuerdo, y consentimiento de todo el dicho plenario Consistorio, pronunció por
Santo al Beato Isidro Labrador, español, de cuya santidad de vida, fe,
sinceridady excelencia de milagros constaba plenamente, juntamente con los
Beatos Confesores Ignacio de Loyola, Francisco Javier, Felipe Neri y la Sagrada
Virgen de Dios Teresa de Jesús, y mandó que fuese puesto en toda la Iglesia en
el Catálogo de los Santos Confesores, y decretó, que como a verdadero Santo se
le venerase, y que se pudiese en su honra labrar y consagrar templos y altares,
donde se ofrezca a Dios el incruento sacrificio. Y mandó, que todos los años
se celebrase su fiesta como de Santo Confesor, el día quince de Mayo.
Que después
Urbano Papa Octavo (de pía memoria) procuró poner en las Tablas del
Martirologio Romano, el día diez de Mayo. Y Gregorio también por dicha
Autoridad Apostólica, concedió misericordiosamente en el Señor a todos los
fieles de Cristo, verdaderamente contritos y confesados, que dicho día festivo
visitaren devotamente el Sepulcro donde descansa el cuerpecillo de Isidro, un año,
y cuarentena de perdón, y a aquellos que lo hicieren en la Octava da la Fiesta,
cuarenta días de las penitencias impuestas, en cualquier modo, por ellos
debidas.
Y finalmente,
después haber dado, con suma alegría, gracias a Dios de que había honrado, a
vista de todas las gentes a San Isidro Labrador, con los demás Confesores, y
Sagrada Virgen de Dios, y querido ilustrar su Iglesia con esta muy insigne luz,
y habiendo cantado la oración solemne de dicho Isidro, y de los demás en el
altar mayor, sobre la Confesión de San Pedro, celebré, misa con su conmemoraci
. ón, y con cedió a todos losfieles de Cristo, que se hallaban presentes, a
tan gran ceremonia, indulqencia plenaria y remisión de sus pecados.
VIII. Yporque en
ningún tiempo se pueda dudar en manera alguna de este Decreto Apostólico,
Definición, Sanción, Adscripción, Relación, Estatuto, Concesión, ni de todo
lo demás, arriba referido, por razón de que de ello no han sido despachadas,
ni promulgadas, según costumbre, Letras Decretales, por el dicho Gregorio
Decimoquinto, ni por sus sucesores Urbano Octavo, Inocencio Décimo, Alejandro Séptimo,
ni por los dos Clementes Nono y Décimo, Inocencio Undécimo, Alejandro Octavo,
Inocencio Duodécimo, Clemente Undécimo, ni por Inocencio Décimo tercero,
nuestros antecesores (de pía memoria). Nos, que finalmente por la disposición
del Señor hemos sucedido, aunque sin méritos, a los referidos Romanos Pontífices
en la Cátedra de San Pedro, queremos, y por la Autoridad Apostólica, a Nos
atribuida, estatuímos, que el Decreto, Definición, Sanción, Adscripción,
Relación, Estatuto, Concesión, y todo lo demás arriba expresado desde el
dicho día doce de marzo del año de mil seiscientos veintidós, surtan y
obtengan en todas partes su efecto, como si por el dicho Gregorio verdaderamente
hubiesen sido despachadas y promulgadas dicho día Letras Decretales, según
arriba se refiere.
IX. Queremos
empero, que nuestras presentes Letras, basten enteramente en todas partes para
probar el Decreto, Definición, Sanción, Adscripción, Relación, Estatuto,
Concesión, y todo lo demás arriba contenido, sin que para esto se necesite de
más prueba. Además, porque fuera dificultoso llevar estas nuestras a cada uno
de los parajes donde fuere necesario; queremos, que sus trasuntos también
impresos, firniados de mano de notario público, y sellados con el sello de
alguna persona, constituida en dignidad eclesiástica, tengan en todas partes la
misma fe, que tuvieran estas nuestras, si aconteciese ser exhibidas, o
mostradas.
X. A ninguno,
pues, sea lícito quebrantar esta página de nuestro Decreto, Definición, Sanción,
adscripción, Relación, Estatuto, Concesión, ni de contravenir temerariamente
a ella; que si alguno se atreviere a intentarlo, sepa que incurrirá en la
indignación de Dios todopoderoso, y de sus bienaventurados Apóstoles San Pedro
y San Pablo.
Dado en Roma en San Pedro, en el año de la encarnación del Señor de mil setecientos veinticuatro, a cuatro de junio de nuestro Pontificado, año primero.
Yo Benedicto Obispo de la Iglesia Católica.
[rúbrica].
Siguen veintinueve firmas de Cardenales.
Traducido del latín por mí Don Francisco Gracián, del Consejo de su majestad, su Secretario, y de la interpretación de lenguas, y lofirméen Madrid a veintidós de noviembre de milsetecientos veintiséis. Don Francisco Gracián.

BEATO
JUAN
XXIII
BULA
EL
PATRONAZGO DE SAN ISIDRO
SOBRE
LOS LABRADORES ESPAÑOLES 1960.
EL CULTIVO DEL
CAMPO lo enaltecieron siempre, con máximas loas, los autores eclesiásticos y
profanos, aun los ajenos a la religión cristiana. De él no dudó afirmar el
sapientísimo doctor San Agustín: 'De todas las ocupaciones, es la más sana y
honesta " (De Haer. ad Quidvultdeum, 46; RL. 3 7). Y en el más egregio de
los escritores antiguos, se lee "Esa vida rural que tú llamas agreste, es
maestra de moderación, diligencia y justicia " (Cic. pro Rosc., 75).
Ahora bien, este
oficio de la agricultura que tantas virtudes lleva consigo, atraviesa, en estos
tiempos en que se propagan por doquier las más depravadas doctrinas y son legión
los que todo lo reducen a la materia, un grave peligro. Es, pues, necesario que
los agricultores, mientras realizan sus faenas del campo y recogen los frutos
cuya posesión es sumamente conforme a la naturaleza y a la justicia, armonicen
su vida según las exigencias de la religión y de la piedad.
Y para que esto
pueda llevarse a efecto, necesitan el auxilio de lo alto.
Considerando, pues, diligentemente todas estas cosas y recogiendo a la vez los deseos de las Hermandades de Labradores, nuestro amado hijo Enrique, de la Santa Iglesia Romana, presbítero, cardenal Pla y Deniel, arzobispo de Toledo, nos suplicó que proclamásemos a SAN ISIDRO celestial patrono de todos los labradores de España, ya que este santo, varón humilde y sencillo, aparece ante ellos como ejemplar luminoso, simultaneando con las faenas del campo, que realizaba diligentemente, el ejercicio eximio de la obediencia y de la caridad.
Y así, Nos
mismo, que hemos nacido de familia dedicada a la agricultura, oficio "el
mejor el más fecundo, el más dulce y el más digno del hombre, aun del hombre
libre" (Cic. Off., 1, 42), con el mayor placer hemos determinado acceder a
estas preces.
Así, pues, oído el parecer de la Sagrada congregación de Ritos, con ciencia cierta, y después de madurada deliberación por nuestra parte, y con la plenitud de la potestad apostólica, en virtud de estas letras y para siempre, confirmamos o constituimos y declaramos a SAN ISIDRo Labrador celestial patrono, ante Dios, de los agricultores y campesinos de la nación española, con todos los honores y privilegios litúrgicos que legítimamente corresponden a los patronos de Hermandades y Asociaciones, sin que nada obste en contrario.
Así lo mandamos y determinamos decretando que las presentes Letras sean permanentemente firmes, válidas y eficaces y que alcancen y obtengan sus plenos y enteros efectos; y que favorezcan plenísimamente a todos aquellos a los que afectan o pudieran afectar, desde ahora y para siempre. Y que así habrá de juzgarse fiel y definitivamente y, además, que desde ahora será nulo 111 y sin valor todo cuanto otra autoridad, a sabiendas o ignorante, pudiera intentar contra lo dicho.
Dado en Roma, junto a San Pedro, bajo el anillo del pescador, el día 16 de diciembre de 1960, de nuestro pontificado .
Doménico Card.
Tardini, Secretario de Estado.
Impreso. Latín con traducción al castellano, que transcribimos. S.I., (Roma), s.i., s.a (1960). El documento fue publicado en el Boletín Eclesiástico del Obispado de Madrid-Alcalá, NI 2.148. La traducción castellana que utilizamos, emplea el adjetivo írrito (del lat. irritum, nulo).
